El pasado lunes 10 de junio, el presidente de la república, Nicolás Maduro, hablo en su programa “Con Maduro+” sobre su aprobación de las motopiruetas como deporte nacional en Venezuela.
“Esos muchachos hay que abrazarlos e incorporarlos. Son muchachos nobles de los barrios de Venezuela. Vamos a organizar sus pistas en todos los estados, para que estén seguros, tranquilos, protegidos. Ya les abrimos la primera cancha nacional de motopiruetas. Yo me imagino que Bolívar hubiera tenido motorizados y no caballos… ¡llega hasta Washington!”, aseguró el mandatario.
Además, hizo énfasis en la discriminación que sufren los motorizados que práctican este tipo de actos, “Los motopiruetas han sido maltratados, discriminados. Y una cosa que a mí me enerva la sangre, es cuando veo que se discrimina y se maltrata a algún sector de la sociedad. ¡No vale! Son jóvenes venezolanos. Vamos a incorporarlos, a abrazarlos, a facilitarles su vida. No les pongamos un estigma encima, como hace la derecha fascista”.
Siguió: “Ah, porque Maduro declaró la motopirueta como deporte nacional, salieron los fascistas en las redes sociales a decir barbaridades contra estos muchachos. ¡Muchachos, cuentan con mi apoyo! Digan lo que digan los fascistas y la derecha, ¡vamos con ustedes! ¡Me declaré el presidente de las motopiruetas!”.
¿Que dice la ley sobre hacer motopiruetas en la vía pública?
La práctica de motopiruetas en la vía pública está prohibida en la Ley de Transporte Terrestre y otros instrumentos jurídicos, en los que se estipulan multas hasta de 6.500 Unidades Tributarias a quien infrinja la norma, según lo declaró Lilian Romero, coordinadora de la ONG Asotránsito a El Pitazo.
El artículo 234 del Reglamento de la Ley de Transporte Terrestre reza que “todos los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación”.
Lilian Romero, quien además es especialista en vialidad, explicó que la prohibición está orientada a los espacios comunes, es decir, donde transitan otras personas ajenas a las motopiruetas. “Si los motorizados organizan un evento de motopiruetas deben pedir autorización a las alcaldías. Ya queda de parte de las autoridades darles los permisos”, explicó.
En el numeral 2 del artículo 179 de la Ley de Transporte Terrestre se establece que “los conductores con licencia de primer, segundo y tercer grado que conduzcan de tal forma que pongan en peligro la seguridad del tránsito van a ser sancionados, incluso se le puede revocar la licencia con un debido proceso administrativo”.
Romero también resaltó lo destacado en el artículo 33 de la Ley de Convivencia Ciudadana del estado Miranda, que se encuentra incluido en la misma norma de otros estados, sobre “cualquier uso abusivo que fomente el riesgo de accidente tal como piruetas, carreras. Quien incurra en este comportamiento señalado será sancionado”.
Con información de RunRun